INICIO

 

HISTORIA
HEMEROTECA

1.- El Sáhara Occidental antes de la colonización / download pdf

2.- La colonización Española / download pdf

3.- El abandono de España y la ocupación de Marruecos / download pdf

4.- Plan de Paz / download pdf

5.- El Plan Baker / download pdf

6.- Exilio / download pdf

1.- EL SAHARA OCCIDENTAL ANTES DE LA COLONIZACIÓN

El territorio del Sahara Occidental se extiende sobre una superficie aproximada de 266.000 km² y limita al norte con Marruecos, al noreste con Argelia, al este y al sur con Mauritania y al oeste con el Océano Atlántico. El Sahara Occidental se divide en dos grandes regiones: Saguiat el-Hamra, en el norte, y Wadi ed Dahab (Río de Oro), en el sur. Como la mayoría de Estados africanos, sus fronteras son el resultado de los acuerdos realizados entre las potencias coloniales ansiosas de salvaguardar sus intereses en la región. En el caso del Sahara Occidental las fronteras fueron definidas en los acuerdos realizados entre Francia y España en 1900, 1904 y 1912.

El pueblo saharaui tiene un origen árabe-negro-berberisco, aunque su composición actual es fruto de la mezcla entre la población berberisca que habitaba el territorio desde el siglo VIII y las tribus originarias de la península arábiga que llegaron al Sahara durante los siglos XII y XIII. Posteriormente estos grupos tribales también se mezclaron con poblaciones afro-negras procedentes del sur y también con tribus llegadas desde el norte. Debido al clima característico de la región el Sahara sólo fue habitado por tribus nómadas que vivían con rebaños que pastaban y cultivaban allí donde era posible. Su religión era el Islam y su ley se basaba en las costumbres y el Corán. Étnicamente y culturalmente eran distintos de las poblaciones situadas alrededor de ellos, se movían a través del desierto en unas rutas más o menos regulares, establecidas por estaciones, pozos y fuentes y no conocían fronteras.

La sociedad saharaui, como muchas otras en África antiguamente, era una sociedad tribal, pero tenía algunas características especificas. Hasta casi mediados de siglo XX la población saharaui era nómada y se dedicaba principalmente al comercio, la ganadería, la pesca y la artesanía, si bien también había algunas tribus de guerreros. La lengua común entre estos grupos tribales es el hasanía, que comparte menos del 75% de los términos con el dialecto marroquí, la daríya. Durante la última mitad del siglo XX la población saharaui ha ido progresivamente abandonando la vida nómada para convertirse en una sociedad sedentaria.
Los saharauis se agrupaban en tribus o fracciones, “definidas por un grupo de familias que se desplazaban juntas, en número limitado por la escasa capacidad de las praderas y de los pozos […]” . La organización sociopolítica del pueblo saharaui giraba en torno de la Djemaa (o asamblea de notables) que gobernaba cada tribu o fracción y cuyo jefe ostentaba el título de chej. La Djemaa era un órgano ejecutivo y legislativo en el que las decisiones se adoptaban de forma democrática y cuyas resoluciones eran vinculantes para todos los componentes del grupo, incluso para el chej. Esta forma de organización política contrasta con la de sus vecinos, por ejemplo Marruecos, donde había una monarquía hereditaria con poderes absolutos o Mauritania, donde era la tribu más fuerte la que imponía tributos a las más débiles y, en general, las dominaba.

Los contactos de la población saharaui con las potencias occidentales comenzaron en el siglo XV. Los mitos que hablaban de las riquezas de Asia o del oro del Sudán, fueron impregnando las mentes de los europeos. En ese mismo siglo empezaron a explorar el océano y tuvieron lugar los primeros intentos de descubrir nuevas rutas comerciales en las costas atlánticas de África.
En la primera mitad del siglo XV se exploró la costa de Marruecos hasta Cabo Bojador, y en el año 1445, Joao Fernandes viajó hacia el interior del Sahara Occidental. De este modo se inició el comercio de españoles y portugueses con los imperios africanos y con las tribus saharianas que controlaban las rutas de caravanas.
En la costa se fundaron factorías comerciales que atrajeron a los comerciantes africanos. Para evitar conflictos entre ellas, las potencias coloniales firmaron diferentes tratados, como el de Alcaçovas en 1479, o el de Tordesillas en 1497, mediante los cuales se fijaron las zonas de influencia de los dos imperios español y portugués en el África occidental. España era entonces la potencia dominante en el Sahara Occidental. Desde el principio de la colonización, los españoles no demostraron mucho interés por el Sahara Occidental y hasta el siglo XIX no se adentraron en el interior del territorio. Antes de iniciarse la colonización española sobre el territorio las tribus saharauis resistieron a numerosos intentos de dominación llevados a cabo por europeos y marroquíes que tenían como objetivo controlar las rutas del comercio de oro y esclavos. Así, hasta mediados del siglo XIX, el territorio saharaui, exceptuando estos esporádicos y fracasados intentos de dominación, estuvo totalmente libre de la ocupación extranjera.

subir

2.- LA COLONIZACIÓN ESPAÑOLA

La colonización española del territorio comenzó en 1884 cuando España proclamó un protectorado desde Cabo Blanco a Cabo Bojador con la finalidad de proteger y aumentar la dominación del territorio. En 1885, en la Conferencia de Berlín, que estableció el reparto de África entre las potencias coloniales europeas, se ratifica esta proclamación. Desde los primeros tiempos de la ocupación hubo frecuentes enfrentamientos armados entre los saharauis y las tropas coloniales españolas. Estos constantes choques llevaron a una cooperación militar franco-española para destruir el movimiento de resistencia que había en el Norte de Mauritania y en todo el "Sahara español". España toma así posesión de hecho de su "colonia" en 1936.
La cooperación entre Francia, España y Marruecos culminó, en 1958, con la acción militar conocida como Operación Ecouvillon. Los luchadores saharauis, que habían apoyado a los marroquíes (y también a los mauritanos y a los argelinos) en su proceso de liberación contra Francia, pidieron apoyo a Marruecos en su lucha de liberación contra la continuación del dominio español. Los marroquíes ayudaron a los saharauis pero sin convicción y entonces los traicionaron, cortando sus suministros y municiones. Como resultado, España recompensó a Marruecos con la provincia actual de Tarfaya, al sur de la frontera marroquí, que estuvo hasta entonces bajo dominación española y habitada por saharauis. A pesar de ello España, que siempre había diferenciado entre sus provincias y sus colonias, no asimiló política y administrativamente la colonia con la metrópoli hasta su ingreso en Naciones Unidas (1955), que coincidió con la labor de la ONU en el proceso descolonizador. A partir de entonces España convierte al Sahara Occidental en una provincia española dotada de un estatus especial debido a sus peculiaridades. Esta “provincialización” del territorio se debió a la presión que la ONU ejerció sobre España para que manifestara si administraba algún territorio no autónomo. El argumento para la liberación del territorio se basaba en la Resolución 1514 (XV) de 1960 de la Asamblea General de la ONU: la Declaración de Reconocimiento de Independencia de los Países y Pueblos Colonizados.

Al mismo tiempo que la Asamblea General de la ONU comienza a pedir al Gobierno español la celebración de un referéndum de autodeterminación para el Sahara Occidental nace el Movimiento para la Liberación del Sahara con la finalidad de organizar al pueblo saharaui para conseguir su independencia. El MLS adquiere fuerza entre la población saharaui y en 1973 se transforma en el Frente por la Liberación de Saguia el Hamra y Río de Oro, conocido como Frente POLISARIO, cuyo brazo armado se denomina ELPS (Ejército de Liberación Popular Saharaui. El Polisario fue creciendo de manera espectacular en poco tiempo debido a que saharauis procedentes de todos los rincones del Sahara Occidental y también de Argelia y Mauritania se unieron a los del sur de Marruecos y a los del “Sahara Español”. En 1974 la misión de la ONU enviada al territorio redactó en su informe lo siguiente: “El Frente Polisario, pese a haber sido considerado un movimiento clandestino hasta la llegada de la misión, parecía ser la fuerza política dominante del territorio. La misión fue testigo de manifestaciones masivas de apoyo al movimiento”.

Debido a la presión ejercida por Naciones Unidas para que España se desprenda de su colonia en África y a la lucha del pueblo saharaui por su independencia las autoridades españolas elaboran en 1974 el último censo de población saharaui en el marco de los preparativos del referéndum que la ONU venía exigiendo desde la década de los 60.

subir

3.- ABANDONO DE ESPAÑA Y OCUPACIÓN MARROQUÍ (LA GUERRA EN EL SAHARA)

Cuando España anunció que abandonaría el territorio Marruecos y Mauritania respondieron reivindicando como propio el Sahara Occidental. En el caso de Marruecos esta reivindicación respondía a intereses económicos y nacionalistas: la construcción de un Imperio Cherifiano, que se extendería hasta las orillas del río Senegal, mientras que las exigencias de Mauritania sobre el Sahara Occidental pretendían frenar las ambiciones expansionistas de Hassán II. Así, “para conseguir sus propósitos, Marruecos pretendió en un primer momento someter la solución de lo que, en su opinión, era un conflicto hispano-marroquí al Tribunal Internacional de Justicia, pero ante la negativa de España de recurrir a la vía contenciosa puesto que ni siquiera dio respuesta a tal propuesta decidió tratar de encauzar la cuestión a través de la vía consultiva” solicitando al TIJ un dictamen consultivo sobre los vínculos existentes entre ambas naciones. El 16 de octubre de 1975 el TIJ emitió el solicitado dictamen en el que manifestaba que no existían vínculos jurídicos ni de soberanía entre el Sahara Occidental con Marruecos y Mauritania.

- El dictamen consultivo de la Corte Internacional de Justicia de 16 de octubre de 1975.

En 1974 España comunicó al Secretario General de la ONU que el Gobierno español tenía la intención de celebrar un referéndum, bajo los auspicios y garantía de Naciones Unidas, en los seis primeros meses de 1975. Ante esta declaración Marruecos cambia de argumento y rechaza abiertamente la posibilidad de la independencia del Sahara Occidental. Con la intención de paralizar el proceso encaminado a la celebración de un referéndum de autodeterminación propuesto por España, Marruecos propuso solicitar la opinión de la Corte Internacional de Justicia sobre la solución que se debía seguir en cuanto a la descolonización del Sahara Occidental, propuesta a la que Mauritania se adhirió. De esta forma Marruecos consiguió que la Asamblea General dictara la Resolución 3292 (XXIX), en la que la Naciones Unidas solicitó una opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia, que debía pronunciarse sobre las siguientes cuestiones: 1) “¿Era el Sahara Occidental (Río de Oro y Saguiat el-Hamra) en el momento de su colonización por España un territorio sin dueño (terra nullius)”, y, en caso de que la respuesta a esta pregunta fuera negativa, 2) “¿Qué vínculos jurídicos existían entre dicho territorio y el Reino de Marruecos y el complejo mauritano?”.
Además la Resolución 3292 (XXIX) ordenó el envío de una Misión Visitadora al territorio que tenía la finalidad de recabar información sobre la situación política, económica, social y educacional en el mismo, así como conocer los deseos y aspiraciones de la población saharaui y también solicitaba a España que suspendiera el referéndum hasta la emisión de tales documentos, a lo que España accedió.
Las visitas realizadas al territorio concluyeron con un informe de la Misión Visitadora que reflejaba que “dentro del territorio, la población, o por lo menos todas las personas entrevistadas por la Misión estaban categóricamente a favor de la independencia y en contra de las reivindicaciones territoriales de Marruecos y Mauritania” y que el Frente Polisario “pese a haber sido considerado como un movimiento clandestino hasta la llegada de la Misión, parecía ser la fuerza dominante en el territorio”.

El dictamen de la Corte Internacional de Justicia fue presentado el 16 de octubre de 1975 y respondía de forma clara a las dos cuestiones que la Asamblea General le había planteado a través de la Resolución 3292 (XXIX).
Respecto a la primera cuestión la Corte Internacional de Justicia resolvió que el Sahara Occidental no podía considerarse “terra nullius” en el momento en que España colonizó el territorio. El Tribunal basaba esta afirmación con dos argumentos: 1) que cuando se inició la colonización española del territorio éste “era habitado por pueblos, que si bien nómadas, estaban organizados social y políticamente en tribus, y bajo el mando de jefes competentes para representarlos” y 2) que España colonizó y ejerció su dominio sobre el Sahara Occidental con el convencimiento de que no se trataba de un territorio sin dueño.
Por lo que respecta a la segunda cuestión que se le planteó, la Corte Internacional de Justicia analizó en, primer lugar, los vínculos existentes entre el territorio y Marruecos y, en segundo lugar, los existentes entre el territorio y Mauritania. Sobre los vínculos existentes entre el Sahara Occidental y el Reino de Marruecos la Corte Internacional de Justicia declaró que a pesar de que habían existido lazos religiosos entre ambos territorios éstos no implicaban ningún “lazo jurídico de soberanía o de subordinación a un soberano”. Esta afirmación justificaba la existencia de lazos religiosos entre la autoridad religiosa del Sultán de Marruecos y algunas tribus nómadas del territorio, pero negaba que esos lazos supusieran también el ejercicio de una actividad estatal efectiva y exclusiva en el Sahara Occidental. Así, en el caso de Marruecos la Corte Internacional de Justicia concluyó que no habían existido ningún tipo de vínculos jurídicos entre este Estado y el Sahara Occidental, puesto que tales lazos o vínculos religiosos podían considerarse tan sólo “la manifestación de la autoridad o de la influencia del Sultán en el Sahara Occidental solamente en el plano de los lazos de fidelidad o de influencia personal en relación a ciertas tribus nómadas del territorio”, pero en ningún caso podían considerarse como un ejercicio de soberanía ni de ningún tipo de poder político o jurídico. En relación a Mauritania la Corte Internacional de Justicia negaba también “que en el momento de la colonización española existiera entre el territorio del Sahara Occidental y el complejo mauritano ningún vínculo de soberanía o de fidelidad de tribus, ni una simple 'relación de inclusión' en una misma entidad jurídica”.
En conclusión, según la Corte Internacional de Justicia, nunca existieron vínculos de soberanía entre Marruecos o Mauritania y el Sahara Occidental y, por tanto, no podía afirmarse que este territorio formara parte de la “integridad territorial” de Marruecos ni de Mauritania. El dictamen consideraba que el territorio era una colonia y, como tal, debía descolonizarse mediante la realización del referéndum de autodeterminación entre las poblaciones originarias del territorio. Como han afirmado varios autores y la propia ONU en numerosas de sus resoluciones, “por las propias características del caso, aunque se trate de una opinión consultiva, el pronunciamiento del Tribunal Internacional debe entenderse como res judicata: el derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui no puede ser ignorado, ni negado, ni vulnerado de ningún modo, por ningún órgano de Naciones Unidas. Y así, el Consejo de Seguridad en numerosas resoluciones ha reconocido el derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui”.

El dictamen de la Corte Internacional de Justicia fue claro: ni Marruecos ni Mauritania podían reivindicar el Sahara como parte integrante de su territorio. Sin embargo ni uno ni otro se resignaron a “hacerse” con su parte de territorio y llevaron a cabo estrategias políticas para acabar poseyendo el Sahara.

Sin embargó, al día siguiente de hacerse público el dictamen del TIJ Hassán II convocó una marcha de civiles al territorio: la “Marcha Verde”, en la que participaron más de 524.000 marroquíes.

-La Marcha Verde.

La maniobra más espectacular desplegada por Marruecos para anexionarse el Sahara Occidental fue la denominada "Marcha Verde”: una invasión "pacífica" del territorio por 350.000 voluntarios civiles marroquíes convocados por el rey Hassan II, que justificó esta operación haciendo una interesada y particular interpretación del dictamen de la Corte Internacional de Justicia. El momento en que se anunció la realización de dicha "Marcha Verde" coincidía con la agonía de Franco que implicaba una época de debilidad para la dictadura en España. Hassan II convocó a sus súbditos para que iniciaran la marcha el 4 de noviembre. El Gobierno español protestó solicitando “al amparo del artículo 35 de la Carta de Naciones Unidas” una reunión urgente del Consejo de Seguridad de la ONU, que se apresuró a aprobar la Resolución 377 (1975), en la que se le pide al Secretario General que inicie consultas con las partes interesadas y que informe al Consejo para que éste pueda adoptar medidas apropiadas para encauzar la situación. Como resultado de estas consultas el Secretario General de Naciones Unidas realizó un informe en octubre de 1975 en el que exponía las posturas expresadas por las partes involucradas: Marruecos afirmaba que no estaba conforme con el dictamen de la Corte Internacional de Justicia y aclaró que había iniciado conversaciones con el Gobierno español y Mauritania para hallar una solución. Mauritania declaró mantenerse en una postura “básicamente similar a la de Marruecos”. Por su parte, Argelia rechazó tajantemente la posición marroquí y mauritana y se reafirmó en su apoyo a la celebración de un referéndum de autodeterminación organizado por la ONU; mientras que España manifestó su deseo de llegar a un acuerdo aceptable para todas las partes y planteó la posibilidad de solicitar a la ONU la administración temporal del territorio hasta que quedase claro cuales eran los deseos del pueblo saharaui. El informe del Secretario General concluía con el reconocimiento de todas las partes de que la ONU era un “elemento fundamental en la búsqueda de una solución aceptable”. La debilidad española a la hora de afrontar la situación era fruto del momento político que atravesaba la dictadura española y que dejaron de manifiesto que, dadas las circunstancias, la cuestión del Sahara no era la más urgente para el Gobierno español de Carlos Arias Navarro.
Basándose en las posturas de los Estados implicados el Secretario General elaboró el denominado «Plan Waldheim» que basaba la búsqueda de una solución en tres aspectos: 1) la retirada de España del territorio, 2) el establecimiento de una administración internacional provisional en el mismo, y 3) la consulta a la población saharaui, que debía realizarse en un plazo aproximado de seis meses.

A pesar de la publicación del informe y del Plan Waldheim Marruecos se negó a detener la convocatoria de la “Marcha Verde” y España solicitó de nuevo una reunión urgente del Consejo de Seguridad, que adoptó la Resolución 379 (1975). En esta segunda resolución del Consejo de Seguridad sobre la cuestión saharaui éste no mencionó el anuncio de Marruecos de realizar la “Marcha Verde” y se limitó a reiterar el contenido de la Resolución 377 (1975) y a solicitar un nuevo informe al Secretario General de la Organización. Sí lo hizo, sin embargo, poco después con la aprobación de la Resolución 380 (1975), cuya importancia radica en que, por primera vez y de forma categórica lamenta la realización de la “Marcha Verde” y solicita a Marruecos que se retire inmediatamente del Sahara Occidental.

Es preciso destacar que la “Marcha Verde” fue una invasión del territorio por parte de civiles marroquíes convocados por el rey Hassan II pero, aunque se calificó como una “invasión pacífica”, los participantes fueron protegidos por las Fuerzas Armadas Reales de Marruecos, que destinó aproximadamente 13.000 efectivos para “escoltar” a los civiles marroquíes que marchaban hacia territorio saharaui. A pesar de que el Consejo de Seguridad no llegó nunca a calificar la “Marcha Verde” como un supuesto de agresión conforme a lo establecido en la Resolución 3314 (XXIX), algunos autores sí han planteado en diversos estudios una duda razonable que puede llevar a considerar esta acción como un supuesto de agresión. Así, como destaca Pastor Ridruejo la Resolución 3314 (XXIX) “se refiere constantemente al uso de la fuerza armada” pero hay que entender también como agresión “no sólo el uso de la fuerza armada, sino también la amenaza (…) y las modalidades de agresión indirecta tales como la organización o fomento de fuerzas irregulares o de bandas armadas”1. En la misma línea Márquez Carrasco afirma que “la definición de agresión no priva al Consejo de Seguridad de la libertad de apreciación acerca del fondo de una situación particular”2. Atendiendo al tenor literal del artículo 2 de la Carta de Naciones Unidas queda claro que la “Marcha Verde” supuso una violación de varios de sus párrafos ya que Marruecos no actuó de buena fe (tal y como establece el art. 2.2 Carta ONU) puesto que la cuestión debía someterse a los principios establecidos por Naciones Unidas para la descolonización del territorio y puso en peligro la paz y la seguridad internacionales (art. 2.3 Carta ONU), lo que a su vez agravó la situación del conflicto.

El momento de realización de dicha "Marcha Verde" coincidía con la agonía de Franco que implicaba una época de debilidad para la dictadura. Por ello el gobierno español no dudó en ceder ante las presiones de Hassan II y abandonar al pueblo saharaui frente al invasor.

La retirada española y la consiguiente ocupación del Sahara Occidental por Marruecos y Mauritania se acabó de zanjar con los denominados Acuerdos Tripartitos de Madrid de 14 de noviembre de 1975, por los que España cedió su soberanía sobre el Sahara a Marruecos (2/3 del territorio) y Mauritania (el resto), no sin antes intentar salvaguardar parte de sus intereses económicos. La salida de España fue seguida por la invasión militar del ejército marroquí que se preparaba desde hacía meses en coordinación con Mauritania. España facilitó la operación y cedió a los nuevos ocupantes la información que tenía sobre los movimientos de oposición.

-Los Acuerdos Tripartitos de Madrid de 14 de noviembre de 1975 y el nacimiento de la RASD.

Esta nueva situación política condujo a la firma, entre España, Marruecos y Mauritania, de los denominados Acuerdos Tripartitos de Madrid, de 14 de noviembre de 1975, por los cuales España decide poner fin a su presencia en el Sahara Occidental y cede la Administración temporal del territorio a Marruecos y Mauritania. Por su parte estos dos Estados se comprometían a respetar las aspiraciones del pueblo saharaui que, como afirma el documento, serían expresadas a través de la Djemaa. Como contrapartida a la entrega del territorio España, Marruecos y Mauritania devolvieron al Estado español parte de las inversiones realizadas en las minas de fosfatos de Bu Craa y el Reino de Marruecos se comprometió a renunciar a las reivindicaciones sobre el resto de territorios africanos que poseía España (Ceuta y Melilla y las Islas Canarias). El único Estado implicado como parte interesada que se opuso a la validez de los Acuerdos de Madrid fue Argelia, que remitió un escrito al Secretario General de Naciones Unidas en el que expresó su inconformismo con tales acuerdos al considerar que España debía “dar cuenta de sus responsabilidades a Naciones Unidas” y no podía transferir libremente el territorio y, en consecuencia, ponía de manifiesto que tales acuerdos eran “nulos y sin valor”.
Que los Acuerdos Tripartitos de Madrid de 14 de noviembre de 1975 son radicalmente nulos queda fuera de toda duda, puesto que tales acuerdos incurren en varias causas de nulidad según el Derecho Internacional: la falta de legitimación de España (como potencia colonizadora para transferir el territorio) y de Marruecos y Mauritania para anexionárselo (puesto que el dictamen de la CIJ era concluyente en la cuestión de los vínculos de soberanía entre estos Estados y el territorio). Asimismo, también se puede sostener la nulidad plena de estos acuerdos atendiendo a lo establecido por el artículo 53 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, ya que contravienen una norma de ius cogens, como es el derecho a la libre determinación de los pueblos (que ya había sido reconocido por diversas resoluciones de la Asamblea General de la ONU). Además la nulidad también se fundamenta en que tales acuerdos violan la obligación de los Estados de cumplir de buena fe las obligaciones establecidas por la Carta de la ONU.
De esta manera España ponía fin a su presencia en el Sahara Occidental y entregaba el territorio a Marruecos y Mauritania, que se lo repartieron en los denominados Acuerdos de Rabat. Se inició así la guerra entre el Frente Polisario y Marruecos y Mauritania y comenzó el exilio del pueblo saharaui.

En este contexto tiene lugar un hecho importante: El 27 de febrero de 1976 el Frente Polisario proclama la constitución de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD) en Bir Lehlu, que desde entonces ha sido reconocida por más de setenta Estados y que fue admitida como Estado miembro de la Organización para la Unidad Africana (de la que Marruecos se retiró a causa del ingreso de la RASD) y es uno de los Estados fundadores de la Unión Africana. El nacimiento de la RASD como Estado saharaui que reclama como propio todo el territorio del Sahara Occidental, comprendido en las fronteras internacionalmente reconocidas, tuvo varias consecuencias. En primer lugar, que la RASD puede alegar su derecho de legítima defensa frente a Marruecos, que ha invadido su territorio. En tanto en cuanto la RASD siga controlando parte del territorio del Sahara Occidental, como ha sucedido ininterrumpidamente desde 1976 hasta hoy (actualmente controla el territorio que se encuentra al este del muro) cualquier acción militar marroquí ocupando ese territorio legitima la respuesta militar saharaui. En segundo lugar, la existencia de la RASD puede suponer que la solución del conflicto, el referéndum, no tiene como objetivo que el pueblo saharaui se pueda convertir en “un Estado independiente y soberano”, pues éste ya existe, sino que sería un instrumento constituyente para que la población originaria saharaui decida si el Estado, ya existente, de la RASD se quiere integrar en Marruecos o si quiere seguir independiente recuperando su territorio ocupado por Marruecos.

La Marcha Verde (Marcha Negra para el pueblo saharaui) y los Acuerdos Tripartitos de Madrid desembocan en la violenta ocupación marroquí que provoca por una parte el exodo del pueblo saharaui y, por otra, la resistencia del mismo a la ocupación. Seguidamente a la retirada de las tropas españolas el ejército marroquí invadía el norte mientras que las tropas mauritanas penetraban por el sur.

La guerra y el exodo (1975-1991)

Esta invasión, apoyada por los bombardeos de la aviación marroquí, provocó el éxodo de miles de saharauis desde las ciudades hacia el interior del desierto, mientras que los guerrilleros del Frente Polisario intentaban compaginar la huida de la población civil con la resistencia contra los nuevos invasores. El Frente Polisario inicia la guerra contra Marruecos y Mauritania en 1975. La ofensiva marroquí obligó a los saharauis a cruzar la frontera argelina para instalarse en lo que se conoce hoy como los campamentos de refugiados saharauis de Tindouf, en el sudoeste de Argelia. La Federación Internacional de los Derechos del Hombre denunció el 18 de febrero de 1975 que el pueblo saharaui era “victima de una verdadera empresa de genocidio” por las tropas marroquíes y mauritanas.

La guerra contra Mauritania concluyó tres años después, con un acuerdo de alto el 5 de agosto de 1979 fuego y el posterior reconocimiento de la RASD en 1984. En los primeros años de la guerra entre Marruecos y el Frente Polisario y, ante el desgaste provocado por las constantes incursiones del Ejército de Liberación Popular Saharaui, Marruecos decidió emprender la construcción en el desierto de grandes muros equipados con sofisticada tecnología militar, pero esta nueva estrategia militar tampoco pudo contener los ataques de los polisarios. La construcción de este “muro de la vergüenza” finalizó en 1987 y tiene una extensión de 2.000 km aproximadamente.

En una primera etapa de la guerra, el Frente Polisario estuvo a punto de dar un vuelco a la situación, llegando a controlar las tres cuartas partes del territorio. Puntos importantes de estos años fueron la proclamación de la República Árabe Saharaui Democrática, la RASD, hoy reconocida por 76 países, en febrero de 1976 y la retirada de los mauritanos tras su derrota en 1979. El Frente Polisario y Mauritania firman la paz el 5 de agosto de 1979, debido a que Mauritania renuncia a sus pretensiones sobre el Sahara Occidental. Marruecos invadió militarmente el territorio saharaui evacuado por Mauritania. Con Marruecos la guerra se prolonga hasta el 6 de septiembre de 1991, fecha en que se proclama el Alto el Fuego entre el Frente Polisario y Marruecos gracias a la mediación de Naciones Unidas.

subir

4.- PLAN DE PAZ

Después de 16 años de guerra, el Plan de Paz de las Naciones Unidas para el Sahara Occidental fue adoptado en 1991 por el Consejo de Seguridad. El 29 de abril de 1991, el Consejo de Seguridad creó, a través de la Resolución 690, la Misión de Naciones Unidas para el Referéndum en el Sahara Occidental (MINURSO) de acuerdo con el informe del Secretario General (S/22464) que explicaba con mayor detalle la aplicación del Plan de Paz.

El Plan de Paz

El detallado plan de paz de NU fue finalmente aprobado el 29 de Abril de 1991 con un presupuesto de 200 millones de dólares para la operación sin precedentes que fue ratificada el 17 de Mayo (Resolución 690/1991)). El alto el fuego y el referéndum serán supervisados por una fuerza de NU creada especialmente, la Misión de Naciones Unidas para el Referéndum en el Sáhara Occidental (MINURSO). A pesar de las objecciones marroquíes al plan, el personal de la MINURSO inició su trabajo inmediatamente. El plan de paz de 5 estadios está en camino.

ESTADIO 1: Junio - 6 de Septiembre de 1991.
Marruecos y POLISARIO acordaron un alto el fuego que se hizo realidad el 6 de Septiembre de 1991.
Oficiales de la Comisión de Identificación de la MlNURSO llegaron al Sahara Occidental y actualizaron el censo realizado en 1974 por la Administración Española antes de dejar la colonia . Este censo de 74,000 personas es la base de las listas de votación para el referéndum.

ESTADIO 2:
La MINURSO militar y civil abren sus oficinas en el Sahara Occidental.
La MINURSO supervisará la retirada de la mitad de las fuerzas del ejército Marroquí que actualmente ocupan el Sahara Occidental, el remanente de 65,000 soldados será restringido a zonas designadas. Las unidades armadas del POLISARIO se radicarán en localizaciones prefijadas.
Los Prisioneros de Guerra serán intercambiados bajo los auspicios del Comité Internacional de la Cruz Roja.
La Comisión de Identificación verificará y publicará las listas de votación definitivas.

ESTADIO 3:
Bajo la supervisión de la MINURSO y el ACNUR los 165,000 refugiados que huyeron de la invasión marroquí del Sahara Occidental en 1975 serán transportados desde sus campamentos en el Desierto cercanos a Tinduf a localizaciones seguras dentro del Sahara Occidental.
Observadores internacionales serán invitados al territorio para supervisar la campaña y las votaciones.

ESTADIO 4:
Se prevén Tres semanas de campaña bajo reglas que actualmente están siendo negociadas por NU, Marruecos y POLISARIO.
ESTADIO 5:
El referéndum para la autodeterminación tendrá lugar durante varios días.
Los saharauis registrados serán llamados a votar bajo la supervisión de la MINURSO: bien para su independencia legal, o para su plena integración en el Reino de Marruecos.

La MINURSO.

La Misión de Naciones Unidas para el Referéndum en el Sáhara Occidental (MINURSO) fue establecida por la Resolución 690/1991 del Consejo de Seguridad el 29 de abril de 1991, de acuerdo con “las propuestas de arreglo” tal y como aceptaron el 30 de agosto de 1998 Marruecos y el Frente POLISARIO. El Plan de aplicación del Secretario General, aprobado por el Consejo de Seguridad, establecía un periodo de transición durante el cual la responsabilidad de todas las cuestiones relacionadas con un referéndum en el que los habitantes del Sahara Occidental eligiesen entre la independencia o la integración con Marruecos recaería, única y exclusivamente sobre el Representante Especial designado por el Secretario General. Éste sería ayudado en su tarea por un representante Especial Adjunto y por un grupo formado por personal civil, militar y policía de la ONU, que se denomina Misión de Unidas para el Referéndum en el Sáhara Occidental.
El mandato de la MINURSO consiste en:
Supervisar el “alto el fuego”
Verificar la reducción de tropas de Marruecos en el territorio
Supervisar la restricción de las tropas de Marruecos y el Frente POLISARIO a los cantones señalados
Supervisar el intercambio de prisioneros de guerra (Comité Internacional de la Cruz Roja)
Hacer efectivo el programa de repatriación (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados)
Identificar y registrar en un censo a las personas con derecho a voto
Organizar y asegurar la realización de un referéndum libre y justo, así como dar a conocer los resultados.

 

Datos sobre la MINURSO:

- Destino Sahara Occidental

-Sede Al Aaiun, Sahara Occidental

-Duración La MINURSO ha estado controlando el alto el fuego decretado desde el 6 de septiembre de 1991 hasta la actualidad

-Autorización La Resolución 1675/2006 prorrogó el mandato de la MINURSO hasta el 31 de octubre de 2006.

-Representante Especial del Secretario General Francesco Bastagli (Italia)

-Comandante de la fuerza General de Brigada Kurt Mosgaard (Dinamarca)

-Efectivos (31 de marzo de 2006) 227 personal uniformado (de ellos 194 son observadores militares, 28 soldados y 6 policías), 122 personal civil internacional y 114 civiles locales.

-Países contribuyentes con personal militar Argentina, Austria BanglaDesh, China, Croacia, Dinamarca, Egipto, El Salvador, Federación de Rusia, Francia, Ghana, Grecia, Guinea, Honduras, Hungría, Irlanda, Italia, Kenia, Malasia, Mongolia, Nigeria, Pakistán, Polonia, Republica de Corea, Sri Lanka y Uruguay.

-Presupuesto 47,95 millones de dólares brutos (1 julio 2005-30 junio 2006).

El Plan de Paz
El Plan de Paz es un conjunto de textos elaborados en 1990, 1997 y 1999. El cuerpo principal del plan fue elaborado en 1990 pero fue discutido por Marruecos que pretendía incluir en el censo de votantes a un gran número de población marroquí que no era originaria del territorio. La actitud intransigente de Marruecos llevó a un nuevo bloqueo de la situación que duró varios años y en la que, el entonces Secretario General, Butros Gali llegó incluso a plantearse el desmantelamiento de la MINURSO. Ante este nuevo bloqueo de la situación el nuevo Secretario General de la ONU, Kofi Annan, designó como Enviado Especial al ex-secretario de Estado norteamericano James Baker y le encargó llevar a cabo negociaciones para superar el nuevo “impasse” en que se encontraba el conflicto. Así en 1997 se firman los denominados Acuerdos de Houston, que suponían una reactivación del proceso. En 1999 se aprobó en Nueva York un nuevo texto, integrante del Plan de Paz, que hacia referencia a las disposiciones pactadas para regular las apelaciones frente al censo y otras cuestiones. Aunque el panorama era óptimo para llevar a cabo la celebración de la consulta a la población saharaui Marruecos, ante la sospecha de una más que posible derrota, bloqueó la celebración del referéndum presentando 120.000 recursos y después, declarando caduco el Plan de Paz, el Consejo de Seguridad solicitó la suspensión “sine die” del Plan de Paz y abrió las puertas a la llamada “tercera vía”, que se concretó en el llamado Plan Baker.

subir

5.- EL PLAN BAKER

La llamada “tercera vía” se concretó en el “Acuerdo Marco del Estatuto del Sahara”, el denominado Plan Baker, que concedía cierta autonomía a la zona pero bajo soberanía marroquí. El proyecto, que fue presentado a las partes en junio de 2001, preveía la elección de un Consejo Ejecutivo, con amplias competencias, y otro Legislativo, nombrado por todos los habitantes del territorio que hubiesen residido en el territorio hasta el 2000. Transcurridos cuatro años, el Ejecutivo sería elegido nuevamente por el Consejo Legislativo y el resultante trataría con el Gobierno marroquí el estatuto final del territorio, bajo dos condiciones: 1) que la opción de la independencia quedase expresamente prohibida, y 2) que en el electorado se incluyera a todo ciudadano instalado en el Sahara desde un año antes de la votación. El Frente Polisario rechazó tajantemente esta opción y continuó insistiendo en que el referéndum era la única salida. El Frente Polisario consideró que esta nueva propuesta respondía únicamente a los intereses marroquíes y era radicalmente contraria a la legalidad internacional, puesto que eliminaba la opción del referéndum (única vía según la propia doctrina de la ONU) e implicaba el reconocimiento de la soberanía marroquí sobre el territorio (esa soberanía no está reconocida ni por Naciones Unidas ni por los demás Estados). Incluso el propio James Baker admitió el 26 de junio de 2001 el "origen marroquí" de su plan, aunque mantuvo que el plan original marroquí había sido "pulido" antes de adoptarlo como propio. En febrero de 2002 Argelia manifestó su rechazo al Plan Baker y propuso a la ONU que ésta se hiciera cargo de la administración del Sahara Occidental, aunque esta propuesta fue rechazada sin muchas explicaciones por el Secretario General “pese a ser la única que, verdaderamente, consagraba una solución (al menos, transitoria) sin vencedores ni vencidos pues, si bien Marruecos debía abandonar el territorio, el mismo no podría tampoco ser ocupado por el Frente Polisario, siendo las tropas de ambos contendientes acantonadas conforme a lo previsto en el Plan de Paz”. La otra propuesta fue presentada por el propio Secretario General de la ONU en 2002 y consistía en plantear la partición del territorio pero esta propuesta, nada fácil de llevar a cabo por los innumerables obstáculos jurídicos y políticos también fue rechazada.
El llamado Plan Baker I significó un fracaso ya que ni siquiera el Consejo de Seguridad de la ONU lo llegó a aprobar en ningún momento, y tan solo se refirió al Acuerdo Marco en la Resolución 1359 (2001), presentada en junio de 2001, en la que animaba a las partes a introducir cambios para hacer posible la consecución de un acuerdo aceptable para todas las partes interesadas. Poco tiempo después el asesor jurídico de Naciones Unidas, Hans Corell, hizo pública la Resolución S/2002/161 (de 29 de enero de 2002) del Departamento Jurídico de Naciones Unidas sobre los contratos petrolíferos en el Sahara Occidental, reiterando la doctrina de las Naciones Unidas sobre la autodeterminación, desvirtuando la validez conforme a la legalidad internacional del Plan Baker I.
Tras este estrepitoso fracaso el Enviado Personal del Secretario General realizó en enero de 2002 una gira por la región en la que se reunió con representantes de Marruecos, de Argelia y de la RASD para intentar conseguir un nuevo documento que satisficiera a todas las partes. A partir de esta ronda de negociaciones redactó el "Plan de paz para la libre determinación del pueblo del Sahara Occidental", el denominado Plan Baker II, que fue apoyado por unanimidad por el Consejo de Seguridad en la Resolución 1495 (2003). Este nuevo Plan de paz entraría en vigor a partir de la fecha en que todas las partes interesadas, los países vecinos y las Naciones Unidas lo firmen. Las propuestas que realiza el Plan Baker II son básicamente:
La celebración de unas elecciones (en el plazo de un año desde la entrada en vigor del Plan de paz) en las que un primer cuerpo de votantes elegiría un órgano ejecutivo y otro legislativo, que formarían la denominada Autoridad Saharaui y que gozará de un periodo de autonomía de cuatro años, en los que “tendrá competencia exclusiva en materia de gobierno local, presupuesto del territorio, asuntos tributarios, desarrollo económico, seguridad interna, cumplimiento de la ley, bienestar social, temas culturales, educación, comercio, transporte, agricultura, minería, pesca, industria, medio ambiente, vivienda y desarrollo urbano, agua y electricidad y caminos e infraestructura básica de otro tipo”.
Por su parte Marruecos “será responsable y tendrá competencia exclusiva en materia de relaciones exteriores (incluidos los acuerdos y convenios internacionales), seguridad nacional y defensa exterior (incluida la determinación de las fronteras; marítimas, aéreas y terrestres; y su protección por todos los medios adecuados), todas las cuestiones relacionadas con la producción, venta, propiedad o uso de armas y explosivos (excepto por lo que respecta a la utilización debidamente autorizada de armas por parte de las fuerzas de orden público de la Autoridad del Sahara Occidental) y preservación de la integridad territorial contra los intentos secesionistas, tanto si se originan dentro o fuera del territorio, si bien el derecho a preservar la integridad territorial no autorizará la adopción de medida alguna que pueda impedir, reprimir o sofocar la realización pública y pacífica de debates, manifestaciones o campañas, en particular durante los períodos en que tengan lugar elecciones o referendos. Además, la bandera, la moneda y los servicios de aduanas, postales y de telecomunicaciones de Marruecos serán los mismos para el Sahara Occidental”
Una vez transcurridos los cuatro años previstos de autonomía un segundo cuerpo electoral votará en un referéndum (organizado y dirigido por las Naciones Unidas y supervisado por observadores internacionales acreditados por éstas) en el que se proponen tres posibles soluciones: a) la integración en Marruecos con una autonomía limitada o, b) la independencia del territorio.
En un primer momento la nueva propuesta presentada por James Baker fue rechazada por las partes, si bien el Frente Polisario anunció a finales de 2003 su intención de acogerse a la iniciativa con el fin de salir del bloqueo en el que se encuentra el conflicto. Marruecos, por su parte, se niega en la actualidad a aceptar esta nueva propuesta (incluso después de que la comunidad internacional lo haya considerado como “solución política óptima” en la resolución 1495 del Consejo de Seguridad), al considerar que la opción del referéndum de autodeterminación vulnera su “integridad territorial” (no reconocida por ningún título jurídico). La solución vuelve a esfumarse por la negativa de Marruecos de aceptar el Plan Baker II, lo cual le supuso un aislamiento ante la comunidad internacional del cual sólo se salvó gracias al apoyo que recibe de Francia (su principal valedor desde el inicio del conflicto en 1975).
En mayo de 2005 tiene lugar en el Sahara Occidental una revuelta pacífica encabezada por los jóvenes saharauis que viven bajo la ocupación. Dicha revuelta, que se conoce como la “Intifada saharaui”, continua actualmente y ha causado decenas de detenidos y desaparecidos y la muerte de un joven activista saharaui. Marruecos mantiene un férreo control en el territorio para impedir la entrada de periodistas y delegaciones de observadores. Sin embargo, la revuelta se ha extendido a todo el territorio y a toda la población y, gracias a las nuevas tecnologías, no se ha podido acallar la voz del pueblo saharaui.
En Marruecos presentó una propuesta de Plan de Autonomía para el territorio del Sahara Occidental.
Una vez más la solución al largo contencioso por la soberanía del Sahara Occidental se encuentra bloqueada por las maniobras de dilación técnica, entorpecimiento político, confusión jurídica y colonización masiva del territorio que lleva a cabo el Reino de Marruecos.

subir

6. EXILIO Y OCUPACIÓN

Más de 190.000 refugiados saharauis siguen sufriendo desde hace casi 30 años las consecuencias de la debilidad de la ONU para hacer cumplir la legalidad internacional a Marruecos y la indiferencia y la falta de voluntad de España para influir en una solución justa y pacífica del conflicto en el que se encuentra su ex-colonia (el antiguo Sahara Español).

La situación de los derechos humanos en el territorio ocupado por Marruecos es alarmante, tal y como han denunciado diversos organismos internacionales, debido a constantes detenciones, torturas y desapariciones por parte de las autoridades marroquíes, tal y como han denunciado numerosos organismos internacionales (ver Informes anuales de Amnistía Internacional). En noviembre de 2003 el Comité de la ONU contra la tortura expresó su preocupación por el aumento de denuncias de tortura y por la considerable ampliación del límite de la detención preventiva. Actualmente existen 526 desaparecidas sobre las que, según el Informe de Amnistía Internacional de 2004, “las autoridades no facilitaron a los familiares y menos aún admitieron ningún tipo de responsabilidad. No se procesó a ninguna de las personas que habían ordenado o llevado a cabo las desapariciones. Al parecer, algunos de los responsables perpetraron graves violaciones de derechos humanos durante mucho tiempo, y entre ellos figuraban personas que eran todavía miembros, o incluso altos cargos, de las fuerzas de seguridad”. No hay que olvidar que Marruecos es un país donde el 22% de la población se encuentra en el paro y donde el analfabetismo afecta a más de la mitad de los ciudadanos. La pobreza aumenta (casi el 20% de los marroquíes viven hoy por debajo del umbral de pobreza, cifra que en 1991 era del 13%) mientras su monarca posee una fortuna personal calculada en 86.000 millones de pesetas. Por su parte, con muchos menos recursos y desde el olvido de la comunidad internacional, la RASD ha conseguido eliminar el analfabetismo en los campamentos de refugiados y en la zona del territorio que está bajo su control.
Frente a un régimen tiránico y que no garantiza el bienestar de sus ciudadanos el pueblo saharaui no renunciará nunca a sus legítimas y justas reivindicaciones para lograr vivir en libertad y democracia en el territorio que les fue salvajemente arrebatado en 1975.
■ La solidaridad y la cooperación internacional con la RASD y con el pueblo saharaui.

La larga lucha por la independencia del pueblo saharaui ha estado, y sigue estando, amparada por una gran red internacional de solidaridad, sobretodo en España, aunque también en el resto de Europa, Australia, Asia y América del Norte y del Sur. Anualmente se celebra en alguna capital europea una reunión de todas las organizaciones y asociaciones de apoyo y solidaridad con el pueblo saharaui, que sirven para coordinar y evaluar la cooperación que se lleva a cabo, sobretodo en cuestiones políticas y humanitarias, y para hacer frente a los nuevos retos en la lucha del pueblo saharaui. Esta red de apoyo ha sido fundamental para el mantenimiento de las reivindicaciones del pueblo saharaui, puesto que en el terreno humanitario han significado el principal sustento para la RASD y para la población saharaui refugiada en los campamentos de Tindouf. La solidaridad internacional ha sido sobretodo importante en el terreno de la ayuda material humanitaria, puesto que los recursos destinados por ACNUR y por el Programa Mundial de Alimentos (PMA) de Naciones Unidas no han sido suficientes para cubrir las necesidades más básicas de la población saharaui de los campamentos de Tindouf. Así, gracias a la cooperación internacional se han podido llevar a cabo satisfactoriamente diversos proyectos en los campamentos de refugiados (dispensarios, escuelas de educación especial y establecimiento de locutorios telefónicos para comunicar a los refugiados con sus familiares que viven en las zonas bajo ocupación marroquí, entre otros proyectos).

Esta cooperación también ha sido importante en el terreno político y se ha concretado en el apoyo de los distintos grupos parlamentarios que, en España, en Cataluña y otras Comunidades Autónomas, prestan apoyo a la causa saharaui. Asimismo en el Parlamento Europeo existe el Intergrupo “Paz para el Pueblo Saharaui”.
La cooperación de la RASD con otros Estados ha hecho posible que, hoy en día, miles de jóvenes saharauis reciban formación técnica y universitaria en diferentes países. Para cursar los estudios superiores el gobierno de la RASD envía a sus mejores estudiantes a estudiar al extranjero con becas concedidas por países amigos, sobretodo Cuba, Argelia y Libia (la enseñanza primaria y secundaria depende del Ministerio de Enseñanza de la RASD). Existen también en cada Wilaya (o “provincias” en las que se dividen los campamentos saharauis) centros de formación de mujeres y escuelas de educación especial.

Por su parte las diferentes asociaciones de solidaridad con el pueblo saharaui que existen en España realizan cada año el programa “Vacaciones en paz”, que consiste en acoger en familias españolas durante los meses de verano a niños y niñas que provienen de los campamentos de refugiados. Estas acciones son importantes para dar a conocer a estos niños y niñas otras formas de vida diferentes a la de los campamentos de refugiados y también para concienciar a la población española de la problemática en la que se encuentran estos niños y sus famílias. Otro aspecto importante de esta cooperación es el hermanamiento de ciudades saharauis con ciudades europeas (principalmente españolas, pero también italianas y francesas).

subir